Calle Iquique y Sodiro
Quito - Ecuador

Teléfonos:
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Aprobación del CONESUP

Resolución S.15.Nº320-04
Fecha: Octubre 10 de 2004

Autoridades

Instituto Superior de Postgrado

Dr. Gabriel Ordóñez Nieto
Director

Dr. Jaime Acosta Coba
Coordinador Académico

Dr. Jacinto Montero Zamora
Coordinador Administrativo

Lcda. Sandra Noboa Jiménez
Coordinadora de Enfermería

Sra. Martha Urvina
Srta. Celia Yaguana L.
Sra. Isabel Galárraga
Secretarias

Sra. Marcia Sánchez
Mensajera

Sr. Lucas Espinoza
Conserje


Convenio entre la Universidad Central y la Clínica San Francisco de la Ciudad de Quito

La Universidad Central del Ecuador, representada por su Rector Ing. Víctor Hugo Olalla, por una parte; y por otra, la Clínica San Francisco representada legalmente por el Dr. Jorge Reyes como Presidente y el Dr. Patricio Canelos como Gerente de la misma, acuerdan en suscribir el presente convenio de Cooperación Interinstitucional, al tenor de las siguientes cláusulas.

PRIMERA: Antecedentes

La Universidad Central del Ecuador a través de la Facultad de Ciencias Médicas, mantente desde hace varios años atrás, diferentes convenios de cooperación interinstitucional, los cuales han permitido elevar el nivel de preparación y formación científica de recursos humanos en salud y a su vez elevar el nivel académico en atención de los Servicios Asistenciales a los que concurre la Universidad. La Facultad de Ciencias Médicas y su Instituto Superior de Postgrado, han mejorado su infraestructura, han capacitado a su personal y ha entregado el apoyo necesario a favor de este objetivo común.

SEGUNDA. Propósito y Objetivos

EL presente convenio tiene el propósito de establecer una relación de Cooperación docente-asistencial entre la Facultad de Ciencias Médicas y su Instituto Superior de Postgrado, con la Clínica San Francisco de Quito.

Este convenio tiene como objetivo básico favorecer la formación de los especialistas inicialmente en Radiodiagnóstico e Imagen y a futuro con otras especialidades, a fin de estimular a través de la docencia y pasantías prácticas, el mejoramiento asistencial a favor de las 2 instituciones y los usuarios.

TERCERO: Obligaciones

DE LA CLÍNICA SAN FRANCISCO

La Clínica San Francisco brindará las facilidades necesarias para que la Universidad Central con su Facultad de Ciencias Médicas y el Instituto Superior de Postgrado, puedan realizar las actividades académicas de Pre y Postgrado, respetando las normas estatutarias y reglamentarias que en materia docente-asistencial regulan las actividades de la Universidad Central.

La Clínica San Francisco ofrecerá de una a dos becas por año, para que sean asignadas a profesionales que ganen el Concurso respectivo, las mismas que servirán para cubrir los gastos de supervivencia del o los becarios y tomando como referencia las remuneraciones fijadas por el Ministerio de Salud Pública.

DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL

La Facultad de Ciencias Médicas conforme a lo que establece el artículo 46 del Estatuto Universitario vigente, reconoce a la Clínica San Francisco como una Unidad Docente en salud.

La Facultad a través de su Instituto proporcionará el apoyo logístico y facilitará la implementación de recursos informáticos y comunicacionales para la apertura de la docencia asistencial en la clínica San Francisco, respetando sus normas internas.

De manera similar y bajo su responsabilidad designará un profesor-tutor para el o los alumnos que roten por los servicios de la Clínica San Francisco, previo acuerdo con ella.

CUARTA: Obligaciones Conjuntas

Se realizarán reuniones de trabajo conjuntas para armonizar deberes y obligaciones contemplados en el presente convenio y supervisar la marcha del Programa docente-asistencial, objeto del mismo convenio.

QUINTA: Duración

De 5 años renovables por mutuo acuerdo, a partir del 1 de enero del 2006. El presente convenio podrá concluirse por incumplimiento de las partes o por voluntad expresa de las mismas.

SEXTA: Controversias

En caso de existir controversias en el cumplimiento del presente convenio , las partes se comprometen a solucionar de mutuo acuerdo, caso contrario se someterán ante los jueces competentes de la cuidad de Quito.

Para constancia firman las partes en tres copias, en la ciudad de Quito, el 1 de enero del 2006.

Ing. Víctor Hugo Olalla
RECTOR UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

Dr. Patricio Canelos
GERENTE CLINICA SAN FRANCISCO