Calle Iquique y Sodiro
Quito - Ecuador

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Aprobación del CONESUP

Resolución S.15.Nº320-04
Fecha: Octubre 10 de 2004

Autoridades

Instituto Superior de Postgrado

Dr. Gabriel Ordóñez Nieto
Director

Dr. Jaime Acosta Coba
Coordinador Académico

Dr. Jacinto Montero Zamora
Coordinador Administrativo

Lcda. Sandra Noboa Jiménez
Coordinadora de Enfermería

Sra. Martha Urvina
Srta. Celia Yaguana L.
Sra. Isabel Galárraga
Secretarias

Sra. Marcia Sánchez
Mensajera

Sr. Lucas Espinoza
Conserje


Convenio entre la Universidad Central del Ecuador y la Clínica de los Riñones Menydial

La Universidad Central del Ecuador, representada por su Rector Ingeniero Víctor Hugo Olalla, por una parte; y, por otra la Clínica de los Riñones MENYDIAL, representada legalmente por el señor Paúl Santacruz Cueva, Administrador, acuerdan suscribir el presente Convenio de cooperación Interinstitucional, al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- ANTECEDENTES

La Universidad Central del Ecuador a través de la Facultad de Ciencias Médicas mantiene desde hace varios años atrás, diversos convenios de Cooperación Interinstitucional. Esta íntima y progresiva colaboración ha permitido de un lado favorecer la preparación y formación de recursos humanos en Pre y Postgrado; y, de otro, elevar el nivel académico de los servicios asistenciales a los que concurren sus alumnos de Ciencias Médicas y su Instituto Superior de Postgrado. Con tal propósito ha mejorado su infraestructura, ha capacitado a su personal y ha dispuesto apoyo a favor de este objetivo común.

SEGUNDA: PROPÓSITO Y OBJETIVOS

El presente convenio tiene el propósito de establecer una relación de cooperación docente asistencias entre la Clínica de los Riñones MENYDIAL y la Facultad de Ciencias Médicas con su Instituto Superior de Postgrado.

Este convenio tiene como objetivo básico favorecer la formación de egresados y de especialistas en Nefrología Clínica e invasiva, diálisis y transplantes, a fin de estimular a través de la docencia y pasantías el perfeccionamiento asistencial de sus recursos humanos.

TERCERA.- OBLIGACIONES

OBLIGACIONES DE LA CLINICA DE LOS RIÑONES, MENYDIAL

  • 1. La Clínica de los riñones MENYDIAL, brindará las facilidades necesarias para que la Universidad Central y su Facultad de Ciencias Médicas, con su Instituto Superior de Postgrado, puedan realizar actividades académicas a partir de la suscripción del presente convenio, respetando las normas estatutarias y reglamentarias, que en material docente asistencial regulan las actividades de la Facultad de Ciencias Médicas.
  • 2. Conceder un cupo anual para becas de Especialidad en Nefrología Clínica e invasiva, diálisis y transplantes renales.

OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE Y SU CIENCIAS MEDICAS

  • 1. Reconocer a la Clínica de los riñones MENYDIAL como parte de la red de unidades de Salud con las cuales mantiene relaciones docente-asistenciales como Unidad Docente de rotación académica.
  • 2. Proporcionar el apoyo logístico y facilitar la implementación de recursos informáticos y comunicaciones para la apertura de la docencia asistencial en la Clínica de los Riñones MENYDIAL, en acatamiento a sus normas internas.
  • 3. Designar los profesores y tutores que sean necesarios para el desarrollo del Programa de formación de pre y prostgrado.

CUARTA.- OBLIGACIONES CONJUNTAS

  • 4.1. Realizar reuniones conjuntas de trabajo entre las dos instituciones, para armonizar deberes y obligaciones contempladas en el presente convenio y supervisar la marcha del programa docente asistencial que prevé este documento.
  • 4.2. Afianzar la colaboración interinstitucional entre la Clínica de los Riñones MENYDIAL y la facultad de Ciencias Médicas con su Instituto Superior de Postgrado, en el desarrollo de los Programas de Pregrado y Postgrado en Nefrología Clínica e invasiva, diálisis y transplantes.

QUINTA.- DURACIÓN

El presente convenio tendrá una duración de tres años renovables a petición de las partes, a partir del 1 de marzo del 2006. Se dará por concluido el presente Convenio por incumplimiento de las partes y/o por voluntad expresa de las mismas.

SEXTA.- CONTROVERSIAS

En caso de que existieran controversias en el ejercicio del presente convenio, las partes se comprometen a solucionarlas de mutuo acuerdo, caso contrario se someterán ante los jueces competentes de la ciudad de Quito.

Para constancia del presente Convenio, las partes firmar en tres copias de igual contenido, en la ciudad de Quito.

Ing. Víctor Hugo Olalla
RECTOR UNIVERSIDAD CENTRAL

Sr. Paúl Santacruz Cueva
ADMINISTRADOR CLINICA MENYDIAL